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Becas de Comedor 2026-27 (Segundo Plazo)

La Comunidad de Madrid abre este viernes 16 de octubre el segundo plazo para solicitar las becas de comedor escolar para este curso. Tras la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial regional (BOCM), las familias interesadas pueden presentar la documentación hasta el próximo 16 de noviembre a través del siguiente enlace enlace.

 

Este nuevo periodo de solicitud tiene exactamente los mismos requisitos que la convocatoria anterior.

Estará abierta tanto a los alumnos que se hayan incorporado al sistema educativo madrileño tras el comienzo de las clases como a las familias que fueron excluidas en el primer plazo por distintas circunstancias, como errores cometidos al rellenar la solicitud, falta de documentación o entrega fuera de los plazos establecidos. Los beneficiarios de este segundo procedimiento recibirán la cuantía de la beca concedida con efectos retroactivos al inicio del curso.

Para facilitar y agilizar la tramitación, deberán presentar una petición en la que figuren sus datos básicos, el permiso expreso para que la Administración regional pueda comprobar el resto de la información requerida y el documento justificativo que se pida en determinados supuestos. La solicitud deberá estar firmada obligatoriamente por todas las personas mayores de edad que figuren.

Algunas informaciones importantes: 

- La solicitud deberá ser firmada por todos los miembros de la unidad familiar mayores de 18 años incluidos en ella.

- Se debe indicar un número de teléfono móvil y una dirección de correo electrónico.

- En el caso de se opongan expresamente a la consulta de datos por parte de la Comunidad de Madrid, se deberá marcar la opción y expresar los motivos de la oposición, así como aportar la documentación exigida en las normas que regulan esta convocatoria.

- ES IMPORTANTE marcar expresamente en el formulario la casilla de consulta a la información de renta de la Agencia Estatal de Administración Tributaria 2024. Si no se autoriza expresamente este cruce de datos, se deberá adjuntar un certificado de IRPF del ejercicio 2024 expedido por la AEAT, no siendo válido el MODELO 100 que se imprime cuando se presenta o confirma la declaración de la renta.